Disposición 000048/2015 – Actualización exigencias legales en Dispensa de Psicofármacos

Disposición Nº00048/2015

Mendoza, 13 de Agosto de 2015.-

Sres. Profesionales:

El Departamento de Farmacia dependiente de la Dirección Provincial de Farmacología y Normatización de Drogas, Medicamentos e Insumos Sanitarios del Ministerio de Salud – Gobierno de Mendoza comunica la vigencia de la Disposición Nº48/2015 la que se transcribe a continuación.

Mendoza, 13 de agosto de 2015
DISPOSICIÓN Nº: 48

Visto las actuaciones Nº 879-D-2.015-91184 por medio de la cual el Departamento de Farmacia solicita auditoría de recetas de psicotrópicos;

CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones, y de las inspecciones efectuadas por personal del Departamento de Farmacia, se denuncia la existencia de recetas presumiblemente apócrifas y/o falsificadas de psicotrópicos y estupefacientes dispensados en farmacias de la Provincia de Mendoza.-
Que el hecho dio lugar a la correspondiente denuncia penal, radicada en fecha 11 de agosto de 2.015 en la Unidad Fiscal de Capital, Secretaría Correccional, bajo los autos nº P-85.543/15 caratulados “Fiscal c. NN por Averiguación de Hecho”.-
Que en virtud de la normativa aplicable y vigente, Ley Nacional Nº 19.303 y su Decreto Reglamentario Nº 702/72, Ley Nacional Nº 17.818 y su Decreto Reglamentario Nº 701/72.-
Que la legislación provincial, Ley Nº 5.152 en su Art. 1º establece los datos que debe consignar el médico prescriptor en las recetas de psicotrópicos y estupefacientes en forma obligatoria. Como así también, en el art. 7º de dicha normativa, se establecen los datos que deben consignarse por el farmacéutico al dorso de la receta.
Que como consecuencia de los hechos acaecidos, la gravedad de la situación descripta, y la urgencia en adoptar medidas tendientes a solucionar y prevenir perjuicios a la salud de la población en hechos similares.

Por ello;
EL DIRECTOR DE FARMACOLOGÍA
DISPONE:

Artículo 1º: Comunicar a farmacéuticos D.T. y adscriptos, y a los propietarios por ser corresponsables, que a partir de la fecha de la presente disposición, deberán solicitar en forma obligatoria para la dispensa de drogas controladas, sicotrópicos y estupefacientes, cualquiera sea su lista, se acredite en debida forma, y por documento válido, la identidad del paciente y de la que persona que retira la medicación en caso de no tratarse del paciente, a fin de verificar las exigencias establecidas en Art. 1º y 7º de la Ley Provincial 5.152.
Artículo 2º: Comuníquese la presente a quienes corresponda y archívese.

Enlace: DISPOSICION Nº00048.2015

Departamento de Farmacia
Dirección de Farmacología y Normatización de Drogas, Medicamentos e Insumos